Cortes de luz: Macri debe convocar a Defensa Civil y demandar a las empresas

PROTESTA-VECINOS-CABALLITO-FALTA-SERVICIO_IECIMA20121208_0002_15El jefe de Gobierno Mauricio Macri debe cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución de la Ciudad para enfrentar una situación de alto riego masivo para los porteños como es el corte en el suministro de energía eléctrica en todos los barrios de la Ciudad, por excepción de Puerto Madero, que ya afectó la vida de dos personas en Villa Ortúzar (Oscar Rouille de 62 años y María Sol de 24 años), al Hospital Piñeiro y centro de salud Mevaterapia como la terminal de Ómnibus de Retiro o la línea de tren Mitre.

Es potestad de Macri planificar la defensa civil, según señala la propia ley Nº 22.418 de Defensa Civil. Aún más tras el incendio en el boliche Cromañón se creó un plan director de emergencias que debe aplicar la Subsecretaría de Emergencias. Pero el Jefe de gobierno no ha convocado a la asistencia en la emergencia del ciudadano y lo ha librado a su suerte. Dejando a miles de personas sin el suministro básico de agua o la asistencia a discapacitados, personas mayores  o enfermos en el contexto de altas temperaturas.

En tanto que la protección del vecino ante el incumplimiento de las empresas de energía eléctrica tampoco está siendo cumplida por Macri como lo exige la Constitución en su artículo Nº 46 de garantizar la protección de los consumidores y usuarios y como representante legal de la Ciudad (artículo Nº 104 inciso 1º).

El Jefe de Gobierno Mauricio Macri debe demandar a las empresas proveedoras del servicio de electricidad iniciando una acción de clase como lo realizó la Defensoría del Pueblo de la Ciudad en el año 1999. Este caso resultó positivo para el ciudadano, ya que Edesur indemnizó a 155 mil usuarios ante las perdidas por el corte de luz. La demanda resultó favorable por la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, el 16 de marzo de 2000. Este proceso sumarísimo se resolvió en 9 meses y allí cada usuario debía acreditar el perjuicio.

Poner en peligro la vida de los ciudadanos por parte de las empresas no puede provocar que Macri  se haga el distraído. Las empresas deben pagar los platos rotos del problema.

En caso de daños el usuario debe:

Si algún artefacto eléctrico del hogar o comercio resultó dañado el usuario deberá presentar un presupuesto para que luego éste sea revisado por la firma.

La normativa vigente establece que el usuario es quien debe reunir las pruebas correspondientes para exigir una reparación.

A aquellos que hayan estado sin luz al menos 12 horas, les corresponde el descuento proporcional por la falta de servicio en las próximas facturas.

En caso de rotura de algún artefacto por alteraciones abruptas en la tensión, es necesario contar con un presupuesto de arreglo.

Asimismo, se puede reclamar por la pérdida de mercadería por la ausencia del suministro.

Con respecto a los consumidores que hayan realizado compras grandes, mayores a $1.000, se sugiere conservar los tickets del supermercado, porque tienen derecho a que les devuelvan no sólo lo que se gastó y perdió sino también un monto por el daño y perjuicio que se les haya provocado.

En el caso de los comerciantes, con sólo tres minutos de corte, ya están en condiciones de exigir una reparación material.

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